miércoles, 6 de mayo de 2015

Consejo de economía casera: ¿sabías que puedes desgravar los gastos de tu casa si trabajas en ella?


¡Hola a tod@s!

Este consejo va dirigido a todos aquellos que trabajáis en casa en España, y que no sabe, que si va al ayuntamiento de su domicilio, y se saca la licencia de despacho profesional, se puede desgravar de manera proporcional los gastos generales de la casa e incluso la hipoteca.

¿Qué es la licencia de actividad de despacho profesional o doméstico?

A efectos de licencias de actividad, se entiende por despacho profesional doméstico aquellos espacios para el desarrollo de actividades profesionales que se encuadran en el uso de oficina, u otros servicios de atención sanitaria o higiénica a las personas, que se sitúan dentro de viviendas, en las condiciones reguladas en el uso residencial, como por ejemplo, despachos profesionales de médicos, notarios, arquitectos, ingenieros, abogados, asesores, consultores, etc. En ningún caso en los despachos profesionales domésticos pueden desarrollarse actividades comerciales ni oficinas con servicio de venta.

¿Cómo se consigue?

Lo primero que debemos hacer es empadronarnos en el domicilio dónde se va a desarrollar la actividad. El justificante de empadronamiento tiene una validez de 3 meses, y lo podemos solicitar en ayuntamiento en el padrón municipal y también a través del 010 y de la página web del ayuntamiento.

Los despachos profesionales o domésticos deben cumplir las condiciones técnicas mínimas de los centros de trabajo y del Código Técnico de la Edificación.

Deben cumplir también con una serie de condiciones específicas relativas a la superficie útil dedicada a vivienda y la superficie útil dedicada al despacho profesional. Por ello, es importante tener planos de la casa, y si no los tenemos, deberemos contratar los servicios de un arquitecto para que nos haga un proyecto. Los espacios destinados a la actividad y a la vivienda estarán diferenciados espacialmente. En el plano se identificará el uso y la superficie de todas las estancias para que se pueda comprobar que la actividad no ocupa más de 1/3 de la superficie útil de la vivienda y que el resto de la vivienda cumple con las condiciones de vivienda mínima.

Se considera como vivienda mínima aquella que:
  • Cuenta con estancia-comedor, cocina, dormitorio y aseo, y cuya superficie útil sea superior a 38 m2, sin incluir las terrazas.
  • Podrá admitirse reducir la superficie útil hasta 25m2, en el caso de que únicamente disponga de una estancia-comedor-cocina, que puede servir de dormitorio o ser este independiente y un cuarto de aseo.
  • La vivienda ha de tener una estancia de superficie útil superior a 12m2, en la que entre un circulo de 270 cm de diámetro. Dicha estancia tiene que tener una fachada superior a 3 m con una ventana que se abra a la calle o al interior de la parcela si este espacio es mayor de 200 m2.
  • La altura libre mínima de piso será de 250 cm, al menos en el 75% de su superficie útil, pudiendo reducirse hasta 220 cm en el resto.

Los talleres domésticos respetarán el carácter residencial de la vivienda en que se ubican, su situación será en planta baja o inferiores a la baja. En la memoria que se presente,  tenemos que describir bien la actividad que vamos a desarrollar, incluyendo herramientas y, en caso de que tengamos un almacén indicar qué va a haber en él y en qué cantidad.

Los despachos profesionales se pueden ubicar en cualquier planta, pero las estancias destinadas a despacho profesional tendrán que tener luz y ventilación naturales.

Una vez tengamos la documentación, deberemos gestionar la licencia de actividad o apertura de su despacho profesional en el Ayuntamiento, garantizando el cumplimiento de toda la normativa de carácter municipal. Se deberán pagar las tasas para el desempeño de esa actividad, y el ayuntamiento le entregará la licencia de actividad.

¿Qué beneficios fiscales tiene?

Para que trabajar desde casa te salga rentable a nivel fiscal, lo primero que hay que hacer, después de solicitar la licencia de actividad en el ayuntamiento, debes de comunicar a Hacienda dónde está tu nueva oficina mediante una declaración censal (modelo 036 o 037), informando del porcentaje de la vivienda destinada a tu actividad profesional, ya que ese será el máximo a deducir. Por ejemplo, si tu casa tiene 120 metros cuadrados y has montado un despacho de 30, el cálculo te permitirá desgravar hasta un 25% de los gastos deducibles.

Si trabajas donde vives o vives donde trabajas podrás desgravar una serie de gastos en tu declaración del IRPF. Lo fundamental es demostrar que son costes derivados de tu actividad profesional.

¿La vivienda es en propiedad o en alquiler?

Si la vivienda es en propiedad o alquilada es un dato importante, porque los gastos que se pueden como deducibles en el modelo 130 son diferentes si es en propiedad o arrendada.

-        Si vives de alquiler, es imprescindible que el contrato esté a tu nombre para poder desgravar la parte proporcional de la cuota mensual de arrendamiento. En estos casos, calcularemos la parte proporcional afectada a la actividad empresarial o profesional respecto el inmueble para deducir el gasto por alquiler. Por ejemplo, si pago de alquiler 500 euros al mes y tengo un grado de afectación del 10%, puedo deducir 50 euros mensuales en la actividad económica. En el caso de que nosotros paguemos directamente la comunidad de propietarios, el IBI o tengamos algún seguro, realizaremos la deducción del gasto proporcional también.

-        Si se trata de una vivienda en propiedad podrás deducir el porcentaje que destinas a espacio de trabajo (un 25% según el ejemplo anterior) de la tasa de basuras, los recibos de la comunidad y el IBI, amortización de la vivienda según las tablas de amortización para tu actividad empresarial, el seguro de la casa y los intereses del préstamo hipotecario siempre y cuando, no apliques deducción por vivienda habitual en el IRPF.

Supongamos que mi vivienda tiene 100 metros cuadrados y que tengo un despacho de 10 metros cuadrados. El porcentaje de vivienda que uso para la actividad empresarial o profesional es del 10% por lo que se pueden deducir el 10% de los gastos relativos al inmueble que hemos enumerado anteriormente.

Es muy importante que la vivienda sea titularidad propia, no vale aplicar este criterio si la vivienda es de un tercero aunque sea familiar. Por otra parte, el mismo gasto no es deducible dos veces, por lo que si aplicamos la deducción por vivienda habitual en el IRPF, no podemos deducir los intereses de la hipoteca.

Suministros: agua, luz, calefacción, etc.

Trabajar en casa implica gastos de agua, luz, calefacción. Si ya se ha notificada a hacienda que la actividad profesional se desempeña en el domicilio, sólo podremos deducir el porcentaje afecto a nuestra actividad. Hacienda dispone de fórmulas para sacar la parte proporcional del gasto derivado del despacho profesional, y es por ello por lo que uno puede desgravarse.

También puedes hacer una especie de autocontrato donde especifiques que cedes a la actividad el 20% de tu casa y los suministros y pasar todos los meses el recibo correspondiente a los gastos en ese porcentaje.

Gastos de viajes, comidas, consumibles, etc.

Las salidas (reuniones, citas con clientes…) son habituales. No es extraño tampoco que tu actividad profesional te obligue a tomar algún tren o avión para cubrir viajes de trabajo; y mucho menos que tengas que comer fuera de casa. Estos gastos son desgravables, una si los gastos están de acuerdo a la actividad, y si poseemos del soporte documental que acredite la salida. En teoría, todos los gastos derivados de tu actividad profesional son deducibles 100%. Con los billetes de avión o tren es fácil demostrar que su uso ha sido profesional, pero si el desplazamiento se hace en coche particular la cosa cambia. Los desplazamientos en coche son más difícil de demostrar, por ejemplo, si vivimos en Madrid, y vamos a Albacete a una reunión, lo ideal será parar a repostar a mitad de camino (en cuenca), y pedir la factura, como prueba del viaje.  Otra opción más fácil, pero más cara es tener un coche sólo para el trabajo, de lo contrario es posible que Hacienda no lo acepte como gasto deducible en el modelo 130.

En el caso de los rendimientos de actividades económicas, se podrán desgravar todos los gastos correlacionados con los ingresos, como consumibles, materiales, alquiler de local, etc. Siempre es necesaria la prueba documental, no lo olvidéis.

Gastos médicos

¿Sabías que si eres autónomo y contratas un seguro médico privado existe deducción fiscal de tu seguro, el de tu cónyuge e hijos de hasta 500€ por persona y año?. Por ejemplo, Pedro es farmacéutico, y ha contratado el seguro médico para su mujer y sus 3 hijos a través del colegio de farmacéuticos. Al año tiene derecho a una desgravación de 500€ máximo por cada miembro de su familia, por tanto máximo se podrá desgravar 2500€.

Por tanto y como resumen, si la actividad profesional se desarrolla en el domicilio y que a su vez es la vivienda habitual, lo normal es destinar lo equivalente a una habitación, un 20% o 25%, y es en ese porcentaje en el que podremos deducirnos los gastos asociados: hipoteca, electricidad, agua, gas, aire acondicionado, mobiliario relacionado con la actividad, equipamiento… 

Desde aquí os invito, a que comentéis con nosotros vuestra experiencia.

Muchas gracias por leer este consejo, y sobre todo por estar ahí. 

Un abrazo, 
Mónica



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